Se iudice nemo nocens absolvitur, nec de se suam potest.
No guilty man is acquitted when he is judged by himself, nor can he escape his own sentence.
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"Ningún culpable es absuelto cuando es juzgado por sí mismo, ni puede escapar de su propia sentencia."
Con reconocimiento de validez oficial de estudios otorgado por el Gobernador del Estado de Nuevo León de fecha 8 de julio de 1988 publicado en el Periódico Oficial del 25 de julio de 1988.
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