00689nam a2200085 45000010006000000050017000062450477000235000070005007730033005708717920260918153436.0 aEs inexistente la antinomia entre lo establecido en los artículos 11, párrafo tercero, de la Ley del Impuesti Empresarial a Tasa Única, vigente hasta el 31 de diciembre de 2013, y 22, párrafo último, de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010, y 21, fracción II, numeral 2, de las Leyes de Ingresos de la Federación para los Ejercicios Fiscales de 2011 y 2012 y, por ende, con su contenido no se provoca inseguridad jurídica. aTribunal PlenoaCrónica de la Contradicción de tesis 549-2012 gE670.113 M577 2016. 9-16 pp.