00653nam a2200121 45000010006000000050017000069000010000232450355000335000091003887730028004799420007005079990017005145104820260918151401.0 a16095 aPartidos políticos nacionales. Están facultadso para deducir las acciones colectivas, de grupo o tuitivas de intereses confusos respecto de actos eminentemente elecctorales; el ejercicio de dicha facultad debe estar dirigido a la protección de intereses generales y abstractos, pues su objeto no es tutelar derechos o intereses de un particular aEjecutorias que contienen votos particulares Recurso de apelación SUP-RAP-011/2001 gNúm.7 (2002) 5-28 pp. c16 c51048d51048