00583nam a2200085 45000010006000000050017000062450355000235000091003787730028004695104820260918151401.0 aPartidos políticos nacionales. Están facultadso para deducir las acciones colectivas, de grupo o tuitivas de intereses confusos respecto de actos eminentemente elecctorales; el ejercicio de dicha facultad debe estar dirigido a la protección de intereses generales y abstractos, pues su objeto no es tutelar derechos o intereses de un particular aEjecutorias que contienen votos particulares Recurso de apelación SUP-RAP-011/2001 gNúm.7 (2002) 5-28 pp.