Vacaciones. Su pago debe ser proporcional al tiempo laborado, aun cuando la interrupción de la relación laboral sea imputable al Instituto Federal Electoral. Horas extras. La carga procesal probatoria le corresponde originalmente al Instituto Federal Electoral
Tipo de material:
Texto
En: Núm.1 (1999) 367-398 pp.
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Sección Ejecutorias que contienen votos particulares
Juicios laborales entre el Instotuto Federal Electoral y sus servidores
SC-ELI-018/96
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